La cancelación de dos pasajes de Avianca al expresidente Gustavo Petro y la polémica por su búsqueda de una vivienda en La Calera han puesto sobre la mesa una pregunta que, hasta ahora, había permanecido en un segundo plano desde que Estados Unidos lo sancionó. De ahí que muchos se pregunten: ¿hasta dónde llegan realmente las restricciones impuestas por Washington y quiénes se exponen a problemas al hacer negocios con un sancionado?
La respuesta no es tan sencilla como sostener quela persona queda bloqueada para comprar tiquetes aéreos o que nadiepuede venderle un bien niprestarle un servicio, pero sin dudalas sancionesno soloafectan exclusivamente a Petrooa sus activos en EE.UU.
El expresidentefue incluido el 24 de octubre de 2025 en la lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas, conocida como SDN, que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro(Ofac).
La medida fue adoptada mediantela Orden Ejecutiva 14059, utilizada por Washington para sancionar a personas extranjeras vinculadas, según el Gobierno estadounidense, al comercio internacional de drogas. Junto con Petrofueron designados su entonces esposa, Verónica Alcocer; su hijo Nicolás Petro, y Armando Benedetti.
En el caso de Petrose trata fundamentalmente de una sanción de bloqueo.Es decir, todos sus bienes e intereses en bienes que se encuentren en EE.UU. o que estén en posesión o bajo el control de una persona estadounidense deben ser congelados. No seconfiscan, pero no pueden transferirse,retirarseniutilizarsesin autorización de Ofac.
La definición de propiedad que utiliza la agencia es amplia e incluye dinero, cuentas bancarias, contratos, bienes tangibles e incluso bienes raíces.
Además, a las personas estadounidenses seles prohíberealizar transacciones con una persona bloqueada como Petro, independientemente del lugar donde se encuentren. Para efectos de Ofac, esa categoría incluye ciudadanos y residentes permanentes estadounidenses, empresas constituidas en EE.UU. y sus sucursales extranjeras, así como personas o entidades que se encuentren dentro de territorio estadounidense.
¿Qué pasa con alguien que le venda algo a Gustavo Petro?
Pero eso no significa que cualquier colombiano que le venda algo a Petroesté automáticamente violando las sanciones de Washington.
Ofacreconoce que sus distintos programas de sanciones tienen alcances diversos y, como regla general, las obligaciones más directas recaen sobre las personas estadounidenses. Los extranjeros, sin embargo, tampoco están completamente al margen.
Pueden enfrentar problemas si participan en operaciones destinadas a evadir las sanciones, provocan que una persona estadounidense las viole o realizan actividades que, bajo el programa correspondiente, puedan considerarseapoyo financiero, material o tecnológico a una persona sancionada.
Ese último punto es particularmente importante en el caso de Petro.
La Orden Ejecutiva 14059 también permite sancionar a extranjeros que proporcionen apoyo financiero, material o tecnológico, o determinados bienes o servicios, a personas bloqueadas poresa misma autoridad. De hecho, el Departamento del Tesoro utilizó esa disposición alsancionara varios integrantes del entorno de Petro.
Sin embargo, eso no equivale a establecer una prohibición automática para cualquier ciudadano colombiano que realiceuna transacción ordinaria con el exmandatario.
En otras palabras, un comerciante colombiano que le venda un producto a Petro no pasa automáticamente a estar sancionado por la Ofac. Tampoco queda incluido en la lista SDN un particular que le venda una propiedad en Colombia por ese solo hecho.
Ofactendría que determinar que las circunstancias de esa operación constituyen una conducta sancionable y, eventualmente, adoptarmedidas contra dichapersona.
Avianca y la cancelación de los tiquetes a Gustavo Petro
Es precisamente en esa distancia entre lo que estrictamente prohíben las normas y el temor a quedar atrapado por ellas donde aparece un fenómeno bien conocido en el mundo de las sanciones, el llamado “overcompliance”o “cumplimiento excesivo”.
Se produce cuando empresas, bancos o individuos deciden evitar cualquier operación con una persona incluida en la lista SDN, incluso cuandono está claro que la transacción esté expresamente prohibida, simplemente para eliminar el riesgo de versesometidosal escrutinio de Ofac.
La lógica es relativamente sencilla. Una empresa colombiana puede no ser estadounidense, pero probablemente mantiene cuentas, activos, corresponsales bancarios, inversionistas, operaciones comerciales o algún otro vínculo con EE.UU. Y para muchas compañías,perder acceso al sistema financiero estadounidense, o incluso someterse a una investigación de Ofac, representa una amenaza mucho mayor que renunciar a un cliente.
El episodio de Avianca parece ilustrar esa realidad.
La aerolínea canceló dos pasajes que Petrotenía para viajar entre Bogotá y Ciudad de México a finales de agosto. En una carta enviada al exmandatario, Avianca explicó que opera en territorio estadounidense, realiza transaccionespermanentesen el sistema financiero de EE.UU., vende tiquetes allí y posee activos y sociedades vinculados aese país.
Debido a esas conexiones, la compañíadijo queconsidera que está sometida a las regulaciones delaOFAC y que estas le impiden prestar servicios a personas incluidas en la lista SDN. Por esa razón anuló las reservas de Petroy ordenó devolver el dinero.
El dato resulta aúnmás llamativo porque los pasajes habían sido pagados en efectivo a través de una agencia de viajes en Ecuador.
Es decir, no se trataba inicialmente de una transferencia bancaria de Petroque tuviera que pasar por una institución financiera estadounidense. Aun así, Avianca concluyó que transportar al expresidente representaba un riesgo que no estaba dispuesta a asumir.
El caso abre entonces una pregunta que hasta ahora no ha sido resuelta públicamente por Ofac. ¿Estaba Avianca jurídicamente obligada a negarse a transportar a Petroentre Colombia y México o la compañía adoptó una interpretación más restrictiva de las normas para evitar cualquier posible problema con las autoridades estadounidenses?
La polémica por la casa en La Calera que Petro intentó comprar
Algo similarestá ocurriendo alrededor de la vivienda del expresidente.En los últimos días surgieron versiones según las cuales propietarios de un conjunto residencial en La Calera se habrían mostrado renuentes a venderleuna propiedad por temor a las consecuencias de hacer negocios con alguien incluido en la listade laOfac.
Petroha cuestionado esas versiones y sostiene que las sanciones estadounidenses no impiden que un colombiano haga negocios con él. También ha señalado que puede realizar operaciones en efectivo, loque le permitiría evitar algunas de las restricciones que enfrenta al utilizar instituciones financieras.
En términos estrictamente jurídicos, una parte de su argumento tiene sustento. Un ciudadano colombiano que no sea estadounidense no queda automáticamente impedido de venderle una vivienda ubicada en Colombia simplemente porque Petroaparezca en la lista SDN.
Pero ahí comienza el problema práctico.
Supóngase que Petrocompra una vivienda en Colombia, paga su valor en pesos y en efectivo y ninguna persona estadounidense participa en la compraventa. En principio, el vendedor podría considerar que se trató deuna operación puramente colombiana.
Las opciones de Petro cuando reciba dinero en un banco
Sin embargo, una vez que recibe el dinero,surge otra pregunta:¿qué hace con él?
Si intenta depositarlo en un banco colombiano, la institución financiera tendrá que analizar el origen de los recursos y podría determinar que provienen directamente de una persona bloqueada por la Ofac. Ese banco, a su vez, probablemente mantiene relaciones corresponsales, operaciones en dólares u otros vínculos con el sistema financiero de Estados Unidos.
Eso no significa automáticamente que el dinero quedebloqueado, que el vendedor haya cometido una infracción o que el banco tenga necesariamente prohibido recibirlo.
Pero sí crea un riesgo de cumplimiento que algunas instituciones financieras pueden decidir no asumir.
Pagar en efectivo, ¿la opción que le queda al expresidente?
En ese sentido, pagar en efectivo puede solucionar una dificultad inmediata para Petro, que debido a su inclusión en la lista SDN enfrenta serios obstáculos para utilizar instituciones financieras expuestas a EE.UU., pero potencialmente traslada el problema a la persona que recibe el dinero.
El ejemplo de la vivienda permite entender hasta dónde podría extenderse el efecto práctico de una sanción.
Si cada comerciante, propietario o prestador de servicios colombiano que posteriormente deposita en un banco dinero recibido de Petroquedara automáticamente expuesto a una sanción estadounidense, el exmandatario tendría virtualmente prohibido comprar desde una vivienda hasta alimentos, ropa, gasolina o cualquier otro producto.
Las normas de la OFAC no establecen una consecuencia automática de ese tipo.Pero tampoco garantizan a quienes negocien con una persona bloqueada que nunca serán objeto de escrutinio. La Orden Ejecutiva 14059 conserva la facultad de sancionar a extranjeros que proporcionen determinadas formas de apoyo a personas designadas, y las normas estadounidenses tambiéncastiganlos intentos de evadir o provocar violaciones de las sanciones.
Es esa combinación de normas de amplio alcance, enormes consecuencias potenciales y falta de claridad enalgunos casos concretos la que incentiva el llamado “cumplimiento excesivo”.
Una compañía grande como Avianca puede concluir que transportar a Petrono compensa losriesgos. Un banco puede decidir que recibir recursos de él requiere demasiadas explicaciones. Y un particular que contempla venderle una vivienda puede preguntarse si vale la pena exponerse a que su operación sea examinada posteriormente por una institución financiera o incluso por las autoridades estadounidenses.
Ese efecto preventivo es una de las razones por las que aparecer en la lista SDN puede tener consecuencias mucho mayores que las contempladas expresamente en una designación.
En el caso de Petro, el núcleo de la sanción es claro. Sus activos bajo jurisdicción estadounidense están bloqueados y las personas estadounidenses no pueden realizar transacciones con él sin autorización.
En otras palabras, uno de los efectos más poderosos de una sanción de Ofacpuede no ser únicamente aquello que Washington prohíbe expresamente, sinotambiéntodas las operaciones que bancos, empresas e individuos terminan evitando por temor a las consecuencias que podrían enfrentar si deciden seguir adelante.
SERGIO GÓMEZ MASERI– Corresponsal de EL TIEMPO– Washington – @sergom68